La rebelión destruye el amor; la excomunión, no


Excomunión de Lutero hace 500 años.


En los últimos días estamos asistiendo a varios casos de excomunión de la Iglesia. Esta es, sin duda, una situación extrema debido a la persistencia de una persona o de un grupo en una postura contraria a las enseñanzas y la tradición de la Iglesia católica.

Al repasar este concepto de excomunión me encuentro con un texto del cardenal Ratzinger sobre este tema, y debido a la actualidad de los pronunciamientos me parece oportuno tratar el punto, no sin reclamar  o juzgar de los casos tratados por las autoridades competentes, pues en última instancia es la conciencia de quienes se han visto  involucrados en el caso, la que debe dar cuenta de los hechos y la extensión de su aceptación.

Se trata de distinguir entre lo que constituye una rebelión y otros actos merecedores de una excomunión. 

La rebelión supone un rompimiento, un no querer saber nada con lo anterior o con el nuevo orden. La excomunción, sin embargo, suele dejar un lamento, una pena en lo interior, debido a la pèrdida de la unión con lo considerado como esencial. Esta pena es en sí misma un dolor que paga viene a pagar de alguna manera por la culpa relacionada con lo perdido. Por ejemplo, nos puede ayudar a entender este proceso la conducta seguida por San Agustín quien, en los últimos tiempos de su vida, se excomulgó a sí mismo para sentir y pagar con la pena sufrida los agravios cometidos durante su vida.

No se trata aquí de recomendar un camino concreto de la existencia humana. Más bien se trata de distinguir entre lo que a primera vista se podría considerar equivalente, al no ver las diferencias entre la rebelión, un rompimiento, y la excomunión como consecuencia de querer disponer en un asunto de acuerdo a un punto de vista personal...

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